La empresa, a pesar de ser municipal, no tiene más representación que la de los grupos municipales de CIU y PVA, al utilizar su mayoría, para negar la presencia del resto de fuerzas políticas presentes en el Consistorio.
Los ciudadanos dan muestras de estar hartos de un gobierno que se dedica a primar intereses clientelares, y utilizar la institución municipal para su beneficio, esa es la lectura de fondo en la actuación de Antoni Peiruza Rocamora, un vecino de la localidad que denuncia a la empresa municipal Viladecavalls Multigestió, por posibles irregularidades en la obtención de licencias de obras y licitación de los concursos de las mismas, realizada ante el Director General de la Direcció Gral. D’Administració Local del Departament de Governació de la Generalitat de Catalunya.
Supuesta irregularidad en la licencia de obras.
En la denuncia Antoni Peiruza Rocamora manifiesta que solicitó en el mes de Mayo de 2007 las alineaciones y rasantes del solar de una clienta lindante con el del Ayuntamiento, ambos tienen las mismas alineaciones ya que están comprendidos en la misma manzana.
El día 18 de Septiembre de 2007 recibe respuesta en la cual se le dice que el terreno de su cliente es “SUELO URBANO NO CONSOLIDADO ya que posee una afectación de sistema viario (la misma que el del Ayuntamiento), que NO EXISTE PROYECTO DE URBANIZACION y que mientras este no sea aprobado y se ejecute (antes o durante el periodo de construcción) el terreno NO ES EDIFICABLE AL NO TENER LA CONDICION DE SOLAR.”
En este momento se ha finalizado el rebaje y la estructura del edificio “sin tener las alineaciones de la manzana señalada, ni haberse publicado su exposición pública, sin dar la posibilidad de presentar alegaciones a un proyecto, pudiendo por estos motivos causar un grave perjuicio a terceros, incluyendo nuestro cliente.”
Antoni señala que las obras se iniciaron entre los meses de Septiembre a Noviembre de 2007. En el mes de octubre de 2007, solicitó al Ayuntamiento que le explicasen en base a que artículo del Decret 1/2005 podía edificarse en suelo urbano no consolidado, ante la falta de respuesta a primeros de año repetía la solicitud, sin recibir respuesta verbal o por escrito.
Recuerda en su denuncia que estos hechos fueron denunciados en un pleno celebrado por motivo de la Asamblea General de Viladecavalls Multigestio, y el gobierno municipal contestó verbalmente “que era suelo urbano consolidado”, pero “a día de hoy no se ha presentado ningún proyecto de urbanización, ni se ha expuesto públicamente alineaciones y rasantes del sector. (Calle de la Riba/Calle Orenetes).”
El día 18 de Septiembre de 2007 recibe respuesta en la cual se le dice que el terreno de su cliente es “SUELO URBANO NO CONSOLIDADO ya que posee una afectación de sistema viario (la misma que el del Ayuntamiento), que NO EXISTE PROYECTO DE URBANIZACION y que mientras este no sea aprobado y se ejecute (antes o durante el periodo de construcción) el terreno NO ES EDIFICABLE AL NO TENER LA CONDICION DE SOLAR.”
En este momento se ha finalizado el rebaje y la estructura del edificio “sin tener las alineaciones de la manzana señalada, ni haberse publicado su exposición pública, sin dar la posibilidad de presentar alegaciones a un proyecto, pudiendo por estos motivos causar un grave perjuicio a terceros, incluyendo nuestro cliente.”
Antoni señala que las obras se iniciaron entre los meses de Septiembre a Noviembre de 2007. En el mes de octubre de 2007, solicitó al Ayuntamiento que le explicasen en base a que artículo del Decret 1/2005 podía edificarse en suelo urbano no consolidado, ante la falta de respuesta a primeros de año repetía la solicitud, sin recibir respuesta verbal o por escrito.
Recuerda en su denuncia que estos hechos fueron denunciados en un pleno celebrado por motivo de la Asamblea General de Viladecavalls Multigestio, y el gobierno municipal contestó verbalmente “que era suelo urbano consolidado”, pero “a día de hoy no se ha presentado ningún proyecto de urbanización, ni se ha expuesto públicamente alineaciones y rasantes del sector. (Calle de la Riba/Calle Orenetes).”
Supuesta irregularidad en el concurso de las obras
Antoni señala que el día 3 de Agosto de 2007, fue publicado en el B.O.P. la licitación de la primera fase de las obras del edificio de 48 pisos, 4 locales comerciales y parkings, de la Calle Orenetes/Calle de la Riba de Viladecavalls. Se anuncia en base a los art. 74 y 137 del Decret 2/2000 de 16 de Junio. “Aquí encontramos la primera irregularidad ya que la exposición pública fue de tan solo 12 días, no de 52 días como marca el artículo 137 por ellos mismos referenciado. EL IMPORTE DE LA LICITACION ASCIENDE A LA CANTIDAD DE 1.310.094,50 €,
EL DÍA 21 DE DICIEMBRE DE 2007 se anuncia la segunda fase CUYO IMPORTE DE LICITACION ASCIENDE A LA CANTIDAD DE 3.989.537,33 €.
Si sumamos el importe de ambas licitaciones nos da un total de 5.299.631,80 €, a dicho importe falta sumar el precio de adquisición del solar (compraventa y permuta), el proyecto de obras y las modificaciones realizadas al mismo para adecuarlo a la normativa vigente (dicha modificación costó 100.000 € según declaración verbal del Gerente de Viladecavalls Multigestio el día de la Asamblea de la misma).”
En definitiva se señala que es “cantidad muy superior a los 5.278.000 € que fija la orden EHA/4110/2005, sobre publicidad en el Diario Oficial de la Comunidad Europea , y el mismo artículo 137 del Decret 2/2006 por ellos mismos referenciado en la primera licitación. NO SE HAN PUBLICADO LOS ANUNCIOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA COMUNIDAD EUROPEA INCUMPLIENDO TANTO LA ORDEN EHA/4110/2005 COMO EL ART. 137 DEL DECRET 2/2000 DE 16 DE JUNIO.”
EL DÍA 21 DE DICIEMBRE DE 2007 se anuncia la segunda fase CUYO IMPORTE DE LICITACION ASCIENDE A LA CANTIDAD DE 3.989.537,33 €.
Si sumamos el importe de ambas licitaciones nos da un total de 5.299.631,80 €, a dicho importe falta sumar el precio de adquisición del solar (compraventa y permuta), el proyecto de obras y las modificaciones realizadas al mismo para adecuarlo a la normativa vigente (dicha modificación costó 100.000 € según declaración verbal del Gerente de Viladecavalls Multigestio el día de la Asamblea de la misma).”
En definitiva se señala que es “cantidad muy superior a los 5.278.000 € que fija la orden EHA/4110/2005, sobre publicidad en el Diario Oficial de la Comunidad Europea , y el mismo artículo 137 del Decret 2/2006 por ellos mismos referenciado en la primera licitación. NO SE HAN PUBLICADO LOS ANUNCIOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA COMUNIDAD EUROPEA INCUMPLIENDO TANTO LA ORDEN EHA/4110/2005 COMO EL ART. 137 DEL DECRET 2/2000 DE 16 DE JUNIO.”
Solicitud al Director General de la Direcció Gral. D’Administració Local del Departament de Governació de la Generalitat de Catalunya
Por lo anteriormente expuesto, Antoni Peiruza concretamente solicita:
-La revisión de las posibles irregularidades tanto urbanísticas como de publicidad en las licitaciones efectuadas por la empresa pública Viladecavalls Multigestio, referentes a las obras anteriormente expuestas.
-Que en el supuesto de ser ciertas las irregularidades denunciadas, se tomen las medidas pertinentes, como la suspensión de la licencia de obras, a fin de regularizar la legalidad del proyecto y la posterior publicidad en los medios que corresponda.
-En el supuesto de que el solar sea suelo urbano consolidado, el Ayuntamiento acredite en que momento cambió de régimen urbanístico, ya que no les consta que desde la fecha de su petición hasta el día de hoy, se haya presentado ningún proyecto de urbanización en el sector.
Por lo anteriormente expuesto, Antoni Peiruza concretamente solicita:
-La revisión de las posibles irregularidades tanto urbanísticas como de publicidad en las licitaciones efectuadas por la empresa pública Viladecavalls Multigestio, referentes a las obras anteriormente expuestas.
-Que en el supuesto de ser ciertas las irregularidades denunciadas, se tomen las medidas pertinentes, como la suspensión de la licencia de obras, a fin de regularizar la legalidad del proyecto y la posterior publicidad en los medios que corresponda.
-En el supuesto de que el solar sea suelo urbano consolidado, el Ayuntamiento acredite en que momento cambió de régimen urbanístico, ya que no les consta que desde la fecha de su petición hasta el día de hoy, se haya presentado ningún proyecto de urbanización en el sector.