Lo que muchos se temían tras la rebaja de la jurisdicción universal aprobada el pasado 15 de octubre por el Parlamento está ocurriendo. El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ve indicios de delitos de lesa humanidad en la actuación de Marruecos con la activista saharaui Aminatou Haidar, que está en huelga de hambre desde el pasado 16 de noviembre; protesta iniciada en el aeropuerto de Lanzarote.
Pese a ver esas evidencias, el magistrado no puede investigarlas. Se lo impide "la reciente reforma operada" en el artículo 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, señala Velasco en la resolución en la que devuelve la denuncia de Haidar a los Juzgados de Arrecife (Lanzarote).
La nueva ley sólo permite actuar si hay víctimas o acusados españoles
Según el juez de la Audiencia Nacional, la reforma de la jurisdicción universal, que se introdujo de tapadillo en la modificación legislativa necesaria para poner en marcha la oficina judicial, deja a "la Justicia española en su vertiente internacional" sin la "posibilidad de entrar" en la averiguación de los delitos que hayan podido cometer las autoridades marroquíes.
Y eso que en el relato de hechos que Haidar hizo en la denuncia que presentó el pasado 15 de noviembre, el juez ve indicios de varios delitos: denegar a una persona una prestación a la que tenga derecho por razones ideológicas, religiosas o étnicas; obstaculizar la asistencia de un abogado; prevaricación y secuestro.
El juez explica que la reforma "acaba de decidir" que los delitos de lesa humanidad "sólo serían perseguibles" por los tribunales españoles si sus presuntos responsables son españoles o se encuentran en España, si hay víctimas de esta nacionalidad o si existe algún vínculo de conexión relevante con nuestro país.
La nueva ley sólo permite actuar si hay víctimas o acusados españoles
Según el juez de la Audiencia Nacional, la reforma de la jurisdicción universal, que se introdujo de tapadillo en la modificación legislativa necesaria para poner en marcha la oficina judicial, deja a "la Justicia española en su vertiente internacional" sin la "posibilidad de entrar" en la averiguación de los delitos que hayan podido cometer las autoridades marroquíes.
Y eso que en el relato de hechos que Haidar hizo en la denuncia que presentó el pasado 15 de noviembre, el juez ve indicios de varios delitos: denegar a una persona una prestación a la que tenga derecho por razones ideológicas, religiosas o étnicas; obstaculizar la asistencia de un abogado; prevaricación y secuestro.
El juez explica que la reforma "acaba de decidir" que los delitos de lesa humanidad "sólo serían perseguibles" por los tribunales españoles si sus presuntos responsables son españoles o se encuentran en España, si hay víctimas de esta nacionalidad o si existe algún vínculo de conexión relevante con nuestro país.
El magistrado describe cuatro delitos que pudo cometer Marruecos. En el caso de Haidar, los denunciados son policías marroquíes (el jefe provincial de Policía, el jefe de Policía judicial, un oficial de la DST la policía secreta marroquí, otro del Departamento de Asuntos Generales...); la denunciante tampoco es española; y no hay vínculo de conexión relevante con España, "en lo que se refiere a meras consideraciones de carácter jurídico-penal", precisa el auto.